Qué provincias en estado de excepción tienen toque de queda

Qué provincias en estado de excepción tienen toque de queda


15 de marzo de 2026 • 22:09

5 minutos de lectura

Cinthya Chanatasig Solórzano

Cinthya Chanatasig Solórzano

Redacción ED.

El presidente Daniel Noboa oficializó la renovación del estado de excepción para combatir frontalmente la criminalidad en las zonas más conflictivas del país. Las localidades que se mantienen bajo esta estricta medida y que anteceden la aplicación del toque de queda son las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos. Además, esta disposición presidencial incluye cantones específicos, como La Maná en la provincia de Cotopaxi, y Las Naves y Echeandía en la provincia de Bolívar. El objetivo principal de mantener este decreto vigente es recuperar la paz social mediante la intervención directa de las fuerzas del orden en territorios vulnerables.

Esta disposición excepcional consiste esencialmente en la suspensión temporal de ciertos derechos constitucionales para facilitar el despliegue militar y policial en el territorio, un marco legal necesario para cualquier toque de queda. La medida fue decretada debido a la persistencia de la grave conmoción interna generada por los grupos de delincuencia organizada que operan a nivel nacional. Los diversos informes de inteligencia gubernamental advirtieron que la ola de violencia no ha sido contenida en su totalidad, justificando la urgente necesidad de mantener el asedio táctico. Para el Gobierno Nacional, levantar las restricciones de manera prematura habría significado un doloroso retroceso en la recuperación del control territorial y la seguridad ciudadana.

Argumentos del decreto y parámetros constitucionales

Los argumentos principales citados textualmente en el documento presidencial destacan la comprobada insuficiencia del régimen ordinario para enfrentar las graves amenazas terroristas, escenario que motiva el toque de queda. Por ello, las contemplaciones principales del estado de excepción incluyen la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio y del derecho a la inviolabilidad de correspondencia de los ciudadanos. Esto permite a los uniformados de las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional realizar allanamientos e inspecciones exhaustivas sin requerir una orden judicial previa. Estas herramientas legales son consideradas absolutamente fundamentales para desarticular guaridas clandestinas, incautar armamento pesado y lograr capturar a líderes delictivos.

El decreto oficial de renovación especifica detalladamente que la vigencia de este estado de excepción, que sirve de base para el toque de queda, se extiende por 30 días adicionales ininterrumpidos. Durante todo este tiempo de prórroga, los militares mantendrán el resguardo continuo de las vías estratégicas, las fronteras nacionales y los centros de operaciones clandestinos de la minería ilegal. El texto presidencial subraya enfáticamente que la alarmante persistencia de ataques armados, extorsiones a comerciantes y asesinatos múltiples demuestra que las organizaciones criminales aún mantienen una considerable capacidad de fuego. 

Intensificación focalizada con prohibición de tránsito

En medio de este complejo escenario de conflicto interno, el Gobierno decidió intensificar la intervención en las zonas más críticas mediante un estricto toque de queda. Aunque el actual estado de excepción abarca a múltiples provincias ecuatorianas, esta severa restricción a la libertad de tránsito se focalizó de manera exclusiva en Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas. La contundente decisión de añadir esta prohibición de movilidad nocturna se sustentó rígidamente en profundos análisis estadísticos de seguridad integral. 

En provincias intervenidas como Manabí, Pichincha o Esmeraldas, los ciudadanos civiles pueden circular libremente por las calles a cualquier hora, aunque sus domicilios privados pueden ser allanados sorpresivamente si existen sospechas fundadas. Por el contrario, en Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo, además de sufrir los allanamientos sin orden, los habitantes tienen prohibido salir al espacio público entre las 23:00 y las 05:00. Esta diferenciación geográfica protege la economía de regiones menos conflictivas.

Restricciones de movilidad y excepciones de circulación

La vigencia temporal de este toque de queda sumamente focalizado comenzó a regir a partir de las 00:00 horas del 15 de marzo de 2026. Los parámetros estrictos de esta medida ordenan que ningún ciudadano circule en las cuatro provincias señaladas durante la franja horaria restringida, con el firme propósito de dejar las calles despejadas para los operativos tácticos militares. Las autoridades competentes han advertido reiteradamente que el incumplimiento de esta prohibición de movilidad civil puede acarrear severas penas de prisión de uno a tres años. Las tropas desplegadas retendrán a cualquier infractor que vulnere la seguridad del operativo nacional.

A pesar de la contundente severidad que implica el toque de queda, el texto del decreto contempla ciertas excepciones exclusivas para no detener los servicios esenciales del país. Quienes laboran activamente en el vital sector de la salud, la atención de emergencias, la gestión de riesgos o pertenecen directamente a la fuerza pública pueden circular con normalidad. 

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