Nuevos cambios en la tasa de IVA: productos exentos

Nuevos cambios en la tasa de IVA: productos exentos


03 de abril de 2026 • 18:17

4 minutos de lectura

El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió una nueva circular técnica para corregir la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en productos básicos alimenticios. La autoridad tributaria ajustó los criterios previos que generaron cuestionamientos en los sectores productivos sobre el costo final de la canasta familiar.

Cambios en la industria láctea

La entidad determinó que la leche de producción nacional en sus presentaciones descremada y semidescremada mantiene actualmente la tarifa del 0%. Este nuevo lineamiento modifica la disposición inicial del 26 de marzo que limitaba el beneficio únicamente a la leche fresca de origen natural.

El tributo del 15% se aplicará solamente si el producto lácteo recibe aditivos químicos, enzimas, saborizantes artificiales o trozos de frutas. Las leches importadas y derivados como la leche condensada, evaporada o el manjar de leche conservan el gravamen total según la normativa vigente.

Nuevas categorías para el pan

La actualización tributaria incluyó cinco clasificaciones de pan que estarán exentas del pago del impuesto según la Norma Técnica Ecuatoriana número 2945. Los tipos de pan común, especial, integral e integral especial ya no pagarán el tributo del 15% en los locales comerciales.

Entre los cuales están:

  • Pan: Producto obtenido de la fermentación y horneado de una masa básica hecha de harina de trigo, agua, levadura y sal, conocido como pan de agua.
  • Pan común: Harina de trigo, agua, levadura y sal; puede incluir grasas o azúcar. Entre estos están los enrollados, cachitos, pan de dulce, injertos, de miga y otros.
  • Pan especial: Harina de trigo u otras harinas, con ingredientes extra como leche, huevos o frutas. Aquí está el pan de Pascua, pan de leche, de yema, de maíz, etc.
  • Pan integral: Elaborado con harinas integrales de cereales, con ingredientes básicos. Incluyen pan de avena, de quinoa, de centeno y otros.
  • Pan integral especial: Harinas integrales más ingredientes adicionales como granos, frutas u oleaginosas. Pueden incluir pan con semillas (chía, linaza, sésamo), etc.

Esta decisión revierte la medida anterior que beneficiaba exclusivamente a la masa simple elaborada con harina de trigo, agua, levadura y sal fina. Los productos que no se ajusten a estas definiciones técnicas del INEN deberán facturar el impuesto completo a los consumidores finales del territorio ecuatoriano.

Aplicación de la normativa técnica

El organismo aclaró que el proceso físico para separar la grasa láctea no constituye una modificación de la naturaleza esencial del producto nacional. La circular del viernes 02 de abril del presente año busca precisar el alcance de las exoneraciones para evitar confusiones en los centros comerciales.

Cualquier pan que utilice ingredientes adicionales no contemplados en la lista oficial del SRI tendrá que aplicar obligatoriamente la tarifa del 15%. Los inspectores de rentas internas verificarán que los establecimientos cumplan con la distribución correcta de los impuestos según el reciente documento oficial.

Los numerales 1, 2 y 3 del artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno señalan que están gravados con tarifa del 0 % del IVA las transferencias e importaciones de los siguientes bienes:

  1. Productos alimenticios de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuáticos, forestales, carnes en estado natural y embutidos y de la pesca que se mantengan en estado natural, es decir, aquellos que no hayan sido objeto de elaboración, proceso o tratamiento que implique modificación de su naturaleza. La sola refrigeración, enfriamiento o congelamiento para conservarlos, el pilado, el desmote, la trituración, la extracción por medios mecánicos o químicos para la elaboración del aceite comestible, el faenamiento, el cortado y el empaque no se considerarán procesamiento.
  2. Leches en estado natural, pasteurizada, homogeneizada o en polvo de producción nacional, quesos y yogures. Leches maternizadas, proteicos infantiles.
  3. Pan, azúcar, panela, sal, manteca, margarina, avena, maicena, fideos, harinas de consumo humano, enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha, aceites comestibles, excepto el de oliva. 

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