Cambios tributarios en inversiones: pólizas y plazos fijos

Cambios tributarios en inversiones: pólizas y plazos fijos


07 de marzo de 2026 • 22:30

4 minutos de lectura

Los ciudadanos que decidan colocar su capital en pólizas de acumulación o cuentas de ahorro programado enfrentan nuevos escenarios tributarios actuales. El Servicio de Rentas Internas emitió una resolución que modifica los porcentajes de retención para diversos tipos de ingresos financieros liquidados.

Esta normativa entró en vigencia el pasado 1 de marzo tras su publicación oficial por parte de la autoridad fiscal ecuatoriana. En consecuencia, las instituciones bancarias y cooperativas deben ajustar sus procesos internos para cumplir con esta disposición legal de carácter obligatorio.

Nuevos porcentajes de retención fiscal

La resolución establece una retención del 3% sobre los ingresos percibidos por intereses y cualquier rendimiento generado en certificados de inversión. Anteriormente, el porcentaje aplicado por las entidades financieras era solamente del 2% sobre el rendimiento total que recibía el cliente beneficiario.

Esta modificación alcanza a las cuentas corrientes, depósitos a plazo, pólizas de acumulación, certificados financieros y otros documentos similares de renta variable. Por lo tanto, el monto final que recibirá el ahorrista se verá reducido ligeramente debido a este incremento en la carga impositiva.

Es fundamental comprender que el cálculo de este impuesto se realiza exclusivamente sobre la ganancia generada y no sobre el capital invertido. El banco actúa como un agente de retención que transfiere esos recursos directamente a las arcas del Estado de manera mensual técnica.

Además, esta medida busca regularizar la recaudación anticipada del Impuesto a la Renta para los contribuyentes con excedentes de liquidez en el país. Debido a esto, los usuarios deben revisar sus contratos de inversión para conocer el impacto neto real en sus finanzas personales hoy.

Excepciones para inversiones a largo plazo

No obstante, la Ley de Régimen Tributario Interno mantiene vigentes ciertas exoneraciones para quienes inviertan su dinero a plazos mucho más extensos. Aquellas pólizas o depósitos que se contraten por un periodo igual o superior a los 180 días están exentas de retención alguna.

Esta disposición legal pretende incentivar el ahorro a largo plazo para fortalecer la liquidez estructural de todo el sistema financiero nacional vigente. En cambio, si la inversión dura cinco meses o menos, la entidad procederá a descontar el valor correspondiente de forma automática.

Por ejemplo, una inversión de 5.000 dólares con una tasa anual del 4,75% generará un rendimiento bruto de 80 dólares aproximadamente. Bajo la nueva regla, la institución financiera retendrá $2.46 antes de entregar la ganancia al cliente. Por consiguiente, el ahorrista percibirá un valor neto de $78,09 ctvs al finalizar el tiempo de contrato. De este modo, los ciudadanos pueden planificar sus inversiones considerando el tiempo de permanencia para evitar el cobro de este tributo estatal.

Procedimientos para la devolución de valores

El valor retenido no representa un gasto definitivo, sino que funciona como un anticipo del impuesto que el contribuyente debe declarar anualmente. Las personas con ingresos superiores a los 12.208 dólares anuales están obligadas a presentar su declaración de renta formalmente.

Si el impuesto causado es menor a las retenciones acumuladas, el ciudadano tiene el derecho legal de solicitar la devolución de excedentes. Inclusive, este saldo a favor puede utilizarse como crédito tributario para los pagos que correspondan al siguiente ejercicio fiscal del año venidero.

Para recuperar este dinero, el contribuyente debe registrar debidamente sus gastos personales y presentar la declaración en marzo del 2027. Según el noveno dígito de la cédula o RUC, se establecen los plazos para cumplir con esta obligación tributaria ante el fisco.

Ciertamente, el proceso de crédito tributario permite que el impacto del aumento no afecte permanentemente a quienes tienen menores ingresos en Ecuador. Finalmente, es recomendable mantener los certificados de retención emitidos por las instituciones financieras para facilitar cualquier trámite administrativo ante el SRI.

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