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Daniel Noboa remitió al Consejo Nacional Electoral las correcciones necesarias al proyecto de enmienda constitucional. Este documento busca modificar las funciones actuales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de manera definitiva.
La entrega ocurre tras el dictamen favorable de la Corte Constitucional hacia la propuesta del Ejecutivo nacional. El organismo determinó que el traslado de funciones no altera la estructura fundamental del Estado ecuatoriano.
Avance de la propuesta de Daniel Noboa
La propuesta presidencial inició originalmente en septiembre de 2025 mediante una solicitud formal de calificación de vía. El organismo notificó su respuesta el 31 de marzo con una resolución favorable para el proceso democrático.
La Corte autorizó que el trámite avance por la vía de la enmienda constitucional obligatoria. Este mecanismo legal requiere la ratificación de los ciudadanos mediante un referéndum nacional en las urnas.
Requerimientos técnicos de la Corte
El Dictamen 9-25-RC/26A validó la constitucionalidad de la pregunta tras analizar criterios de claridad y neutralidad. No obstante, el organismo condicionó el trámite a un ajuste técnico específico dentro de los anexos presentados.
Daniel Noboa incluyó la referencia directa al artículo 207 de la Constitución para cumplir con esta exigencia. El equipo jurídico del Gobierno trabajó en la precisión de los textos para evitar nuevos retrasos.
Procedimiento ante el Consejo Nacional Electoral
El mandatario optó por enviar las correcciones directamente al CNE debido al periodo electoral activo en el país. Esta entidad notificará inmediatamente a la Corte Constitucional para realizar la respectiva verificación final del documento.
Con este pedido oficial, Daniel Noboa busca que la Asamblea Nacional asuma la facultad de designar autoridades. Actualmente, el Consejo de Participación Ciudadana posee la competencia exclusiva para elegir a los altos mandos estatales.
Detalles de la reforma constitucional
La reforma utiliza el mecanismo de enmienda para modificar artículos sin alterar elementos esenciales de la nación. La aprobación ciudadana resulta indispensable para validar este cambio en la estructura de designación de autoridades.
Trasladar la designación de autoridades a la Asamblea Nacional no afecta los derechos de participación ciudadana actual. La Corte concluyó que el Legislativo puede ejecutar estos procesos mediante concursos públicos y escrutinio de méritos.
Antecedentes y futuro del referéndum
La intención de retirar facultades al Cpccs registra antecedentes en el Gobierno de Guillermo Lasso durante el 2023. En aquella ocasión, los votantes rechazaron una propuesta similar con un margen superior al 50 por ciento.
Daniel Noboa deberá decidir la fecha exacta para enviar esta propuesta a las urnas próximamente. El contexto político influirá en la decisión de los ecuatorianos al momento de sufragar por el cambio.
Plazos para la consulta popular
El CNE dispone de 60 días para ejecutar la consulta popular una vez emitido el decreto ejecutivo. Existe la posibilidad de extender el plazo hasta las Elecciones Seccionales del 29 de noviembre de 2026.
La pregunta planteada por Daniel Noboa es: ¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos públicos que garanticen la participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el CPCCS, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo de la pregunta?”
